Memorias Técnicas
Redacción de memorias técnicas para proyectos de instalación, legalización y subvenciones energéticas. Recogemos las características de la instalación y elaboramos la documentación técnica que exige cada trámite, lista para presentar ante la administración.
Qué es una memoria técnica de diseño de instalación eléctrica
Toda instalación eléctrica de baja tensión necesita documentación técnica para legalizarse. En los casos más sencillos, esa documentación es la memoria técnica de diseño: un documento que describe qué se ha instalado, con qué materiales, con qué criterios de cálculo y con qué esquema. Su función es que la administración competente y la compañía distribuidora puedan comprobar, sin visitar la obra, que la instalación cumple el reglamento de baja tensión.
Conviene no confundirla con el certificado de instalación. El certificado (el boletín eléctrico, en el lenguaje habitual) acredita que la instalación se ha ejecutado y que quien la firma responde de ella. La memoria técnica de diseño es el documento que lo acompaña y que explica cómo está hecha esa instalación: secciones de conductores, protecciones, previsión de potencia, puesta a tierra. Uno certifica, el otro describe. En la práctica se tramitan juntos dentro del mismo expediente.
En Captia redactamos y firmamos memorias técnicas para proyectos de instalación, legalización y subvenciones energéticas. La firma no la subcontratamos: nuestro equipo son ingenieros superiores colegiados, habilitados para firmar memorias técnicas de diseño, proyectos industriales y certificados. Recogemos las características reales de la instalación y elaboramos la documentación que exige cada trámite, lista para presentar ante la administración. Es una pieza más del ciclo completo que cubrimos en Captia Energy, desde el estudio previo hasta la conexión.
Cuándo basta una memoria y cuándo hace falta proyecto
La pregunta más frecuente es esta: ¿me vale con una memoria técnica o necesito un proyecto? La respuesta corta es que depende de la entidad de la instalación. El reglamento de baja tensión distingue entre instalaciones que pueden documentarse con una memoria técnica de diseño y otras que, por su potencia, su uso o sus riesgos, exigen un proyecto completo firmado por técnico titulado y, en su caso, dirección de obra.
Como criterio general, sin entrar en umbrales que varían según el tipo de local:
- Memoria técnica de diseño. Instalaciones sencillas y de potencia contenida: viviendas, pequeños locales comerciales sin condiciones especiales, ampliaciones menores de instalaciones ya legalizadas. Aquí el documento lo puede elaborar y firmar el propio instalador habilitado.
- Proyecto. Instalaciones de mayor potencia, locales de pública concurrencia, locales con riesgo de incendio o explosión, piscinas, quirófanos y otros supuestos con requisitos específicos. El proyecto lo firma un técnico titulado competente, el nivel de detalle exigido es mayor y normalmente se suma la dirección de obra, con su certificado de dirección y terminación.
Los dos caminos los cubrimos con el mismo equipo, porque nuestros ingenieros son superiores colegiados y pueden firmar tanto la memoria técnica de diseño como el proyecto industrial. Más abajo detallamos qué implica cada vía y dónde está exactamente la frontera.
Los umbrales concretos de potencia dependen del tipo de instalación y de cómo la clasifique el reglamento, así que la decisión no conviene tomarla de oídas: los fija la ITC-BT-04 y los recogemos en el apartado siguiente. Cuando nos llega un caso dudoso, revisamos las características de la instalación y confirmamos qué documento pide el trámite antes de redactar nada. Presentar una memoria donde tocaba proyecto solo sirve para que el expediente vuelva rechazado.
El umbral de 20 kW y el trámite en la Comunitat Valenciana
La frontera entre memoria técnica de diseño y proyecto no la decide el criterio del redactor: la fija la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Real Decreto 842/2002). Su relación de instalaciones que exigen proyecto incluye, entre otras, estas:
- Industrias en general: potencia instalada superior a 20 kW. Es el umbral que más aparece en naves y talleres, y el que decide el trámite en la mayoría de los expedientes industriales.
- Viviendas unifamiliares: potencia superior a 50 kW.
- Edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas que no sean de pública concurrencia: potencia superior a 100 kW por caja general de protección.
- Locales de pública concurrencia: con independencia de la potencia.
- Alumbrado exterior, piscinas y fuentes: potencia superior a 5 kW.
- Locales con riesgo de incendio o explosión y quirófanos o salas de intervención: sin límite de potencia.
Por debajo de esos umbrales, la instalación se legaliza con memoria técnica de diseño. La diferencia no es solo de formato: cambia quién firma y cambia el trámite. En la Comunitat Valenciana la presentación se hace exclusivamente por medios electrónicos en la sede de la Generalitat, ante el servicio territorial de industria, energía y minas de la provincia (Orden 14/2022, de 5 de diciembre), y el procedimiento depende de la documentación técnica:
- Procedimiento 440 (código SIA 210646) para las instalaciones que requieren memoria técnica de diseño, con los formularios MTD y, para ampliaciones, MTDALEX.
- Procedimiento 434 (código SIA 210644) para las que requieren proyecto, que se acompaña del certificado de dirección y terminación de obra (CERINSBT) y, si el proyecto no está visado, de la declaración responsable del técnico (DECRESTE).
Conviene entender qué implica cada camino, porque no cambia solo el formulario. Por la vía del procedimiento 440, la memoria técnica de diseño describe la instalación y la firma quien asume su responsabilidad técnica; no hay dirección de obra ni certificado de terminación, y el expediente se cierra con la memoria y el certificado de instalación. Por la vía del procedimiento 434, en cambio, la instalación pasa a exigir proyecto firmado por técnico titulado competente y dirección de obra, que se acredita con el CERINSBT; si el proyecto no lleva visado colegial, se sustituye por la declaración responsable del técnico (DECRESTE). Es decir, cruzar el umbral no añade páginas: añade una figura técnica que tiene que existir de principio a fin de la obra.
Esa es la frontera en la que un expediente suele cambiar de manos, porque el instalador que documentaba con memoria no puede firmar el proyecto y hay que buscar ingeniería externa. En nuestro caso no se produce ese salto: nuestros ingenieros son superiores colegiados y firman el proyecto, y Captia emite el certificado de instalación con su propia inscripción de empresa instaladora. Estar colegiados mantiene además abierta la vía del visado, que un técnico no colegiado no puede utilizar.
Las instalaciones de generación para autoconsumo tienen su propia vía. En la sede electrónica se tramitan por el procedimiento 18168 cuando la potencia instalada es igual o inferior a 10 kW y por el 20714 cuando la supera; en ambos casos la comunicación de alta la presenta exclusivamente el instalador habilitado por vía telemática, y el trámite incluye la inscripción de la persona consumidora asociada en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica. Saber por cuál de estas puertas entra el expediente antes de redactar la documentación es lo que evita rehacerla a mitad de camino.
Datos verificados el 9 de agosto de 2026 en la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Real Decreto 842/2002) y en las fichas de los procedimientos 440, 434, 18168 y 20714 de sede.gva.es. Los umbrales, códigos y formularios se actualizan periódicamente: conviene contrastar el texto y la ficha vigentes antes de presentar.
Qué contiene una memoria técnica de diseño
Aunque cada comunidad autónoma tiene sus modelos y su sede electrónica, el contenido de fondo es bastante estable. Una memoria técnica de diseño bien hecha recoge, como mínimo:
- Datos generales: titular de la instalación, emplazamiento, uso del local o vivienda y empresa instaladora que ejecuta el trabajo.
- Características de la instalación: potencia prevista, tipo de suministro, esquema de distribución y descripción de los circuitos.
- Cálculos justificativos: secciones de los conductores, caídas de tensión, protecciones contra sobrecargas y cortocircuitos, y protección diferencial.
- Puesta a tierra: descripción del sistema y valores previstos.
- Esquema unifilar: el plano eléctrico que resume la instalación completa, del punto de suministro a cada circuito.
- Croquis de emplazamiento: situación del local o vivienda y del punto de entrega de la energía.
El error más habitual no está en los cálculos sino en la coherencia: memorias donde el unifilar no coincide con los circuitos descritos, o donde la potencia prevista no cuadra con la contratada. Ese tipo de descuadre es lo primero que detecta un revisor y lo que más expedientes retrasa. Por eso trabajamos siempre desde los datos reales de la instalación ejecutada, no desde una plantilla.
Quién la firma y qué responsabilidad implica
La memoria técnica de diseño la firma quien asume la responsabilidad técnica de la instalación. En las instalaciones que no requieren proyecto, ese papel corresponde normalmente al instalador habilitado de la empresa que ejecuta el trabajo. En los casos que sí exigen proyecto, la documentación pasa a firmarla un técnico titulado competente, como un ingeniero o ingeniero técnico industrial.
La firma no es un formalismo. Quien firma declara que lo descrito en el documento se corresponde con la instalación real y con la normativa vigente, y responde de ello ante la administración. De ahí que la memoria deba redactarse sobre la instalación tal como es, con sus mediciones y sus materiales reales, y no como un trámite de copiar y pegar.
En Captia quien firma está dentro. Nuestro equipo son ingenieros superiores colegiados, con capacidad para redactar y firmar memorias técnicas de diseño, proyectos industriales y certificados. Y la empresa está inscrita como instaladora de baja tensión en el Registro Integrado Industrial, así que el certificado de instalación eléctrica que acompaña a la memoria lo emitimos con inscripción propia. Cuando ese reparto se produce entre el instalador, la ingeniería que firma y quien tramita, hay que conciliar tres versiones de la misma instalación; aquí los datos que sostienen la memoria, la firma que la respalda y el certificado que la acompaña proceden del mismo sitio.
Casos habituales en empresas e industria
Aunque la memoria técnica también existe en el ámbito doméstico, donde más valor aporta una redacción cuidada es en el entorno de empresa, que es el terreno natural de Captia Energy. Los casos que más se repiten:
- Legalización de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo. La documentación técnica forma parte del expediente de legalización y conexión de las instalaciones solares, junto con el certificado de instalación y el resto de trámites ante la distribuidora.
- Ampliaciones de potencia. Cuando una nave incorpora maquinaria nueva o amplía líneas de producción, el aumento de potencia suele requerir actualizar la documentación de la instalación.
- Cambios de titularidad y altas de suministro. Locales o naves con instalaciones antiguas sin documentación en regla necesitan regularizarse antes de dar de alta o modificar el suministro, junto con los boletines eléctricos o el CIE correspondiente.
- Expedientes de subvención. Las convocatorias de ayudas a instalaciones energéticas piden documentación técnica de lo que se va a ejecutar o de lo ejecutado, y la memoria es una de las piezas del expediente.
Cómo lo tramitamos en Captia
Nuestro punto de partida es siempre la instalación real. Recogemos sus características, verificamos que lo que se va a documentar coincide con lo ejecutado o con lo proyectado, y redactamos la memoria con los cálculos, esquemas y anexos que pide el trámite concreto: legalización ante industria, conexión con la distribuidora o expediente de ayudas. El documento se entrega firmado por ingeniero colegiado y listo para presentar, y nos ocupamos también de la presentación telemática en la sede electrónica de la Generalitat, que es la vía prevista para estos procedimientos.
Cuando la memoria forma parte de un proyecto más amplio, por ejemplo una instalación de autoconsumo industrial con monitorización, la documentación se integra en el mismo ciclo de trabajo: estudio, montaje, legalización y conexión, con la instalación preparada para incorporarse después a la gestión energética conectada de la operación. La memoria deja de ser un papel suelto y pasa a ser parte de la trazabilidad de la instalación.
Cómo se conecta con el sistema
La capa energética se conecta con datos de planta vía Connect y con interpretación y automatización vía AI.
Otras soluciones
- Instalaciones Solares
Diseño, instalación y puesta en marcha de sistemas fotovoltaicos industriales y residenciales. Cubrimos el ciclo completo: estudio previo, dimensionado, montaje, legalización y conexión, con la instalación preparada para monitorizarse e integrarse en la operación.
- Solar Industrial
Instalaciones fotovoltaicas para empresas y plantas industriales con autoconsumo, gestión de excedentes y monitorización integrada. La instalación se conecta con los datos de la operación para dar trazabilidad entre generación, consumo y producción.
- Solar Residencial
Instalaciones solares para viviendas unifamiliares y comunidades de vecinos con gestión energética inteligente. Nos ocupamos del estudio, la instalación y la tramitación, con monitorización de consumo y generación para entender y ajustar el uso de la energía.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es una memoria técnica de diseño de una instalación eléctrica?
- Es el documento que describe una instalación eléctrica de baja tensión cuando el reglamento no exige un proyecto completo. Recoge las características de la instalación, los cálculos básicos, los materiales empleados y un esquema unifilar, de forma que la administración y la distribuidora puedan comprobar que la instalación cumple la normativa. La elabora y firma un instalador habilitado o un técnico competente. En Captia la redacta y la firma un ingeniero superior colegiado de nuestro equipo.
- ¿Cuándo basta una memoria técnica y cuándo hace falta proyecto?
- Depende del tipo de instalación, de su potencia y de su uso. Las instalaciones sencillas y de menor potencia suelen legalizarse con memoria técnica de diseño, mientras que las de mayor entidad, los locales de pública concurrencia o las instalaciones con riesgos específicos requieren proyecto firmado por técnico titulado. Cubrimos los dos caminos con el mismo equipo: nuestros ingenieros son colegiados y firman tanto la memoria técnica de diseño como el proyecto, así que cruzar el umbral no obliga a cambiar de proveedor a mitad de expediente. Antes de iniciar el trámite revisamos tu caso y te indicamos qué documento corresponde.
- ¿Quién firma la memoria técnica?
- La memoria técnica de diseño la firma quien ejecuta la instalación, normalmente un instalador habilitado, o un técnico competente cuando el caso lo pide. Es un documento con responsabilidad técnica: quien lo firma responde de que lo descrito se corresponde con la instalación real y con la normativa vigente. En Captia la firma un ingeniero superior colegiado de nuestro equipo, y cuando el expediente exige además el certificado de instalación eléctrica lo emitimos con nuestra propia inscripción de empresa instaladora de baja tensión en el Registro Integrado Industrial.
- ¿La memoria técnica sirve también para pedir subvenciones?
- La documentación técnica de la instalación forma parte del expediente en muchas convocatorias de ayudas a instalaciones energéticas, como las que gestionan organismos autonómicos. Cada convocatoria fija sus propios requisitos documentales, así que preparamos la memoria y el resto de documentación técnica según lo que exija el trámite concreto al que se presenta.
- ¿A partir de qué potencia hace falta proyecto en lugar de memoria técnica?
- La ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión exige proyecto en industrias en general por encima de 20 kW de potencia instalada, en viviendas unifamiliares por encima de 50 kW, en edificios de viviendas, locales comerciales y oficinas que no sean de pública concurrencia por encima de 100 kW por caja general de protección, en alumbrado exterior y piscinas por encima de 5 kW, y en locales de pública concurrencia con independencia de la potencia. Por debajo de esos umbrales basta la memoria técnica de diseño. Dato verificado el 9 de agosto de 2026.